CANAL ÉTICO

 

El articulo 31.bis. del Código Penal regula la responsabilidad de las personas jurídicas, determinando no sólo las personas que resultan penalmente responsables, sino también, en su punto 5, los requisitos que deben cumplir los modelos de organización y gestión para la prevención de delitos a implantar en las organizaciones. En este sentido, uno de los referidos requisitos, será la existencia de un medio para informar sobre posibles incumplimientos:

“Impondrán la obligación de informar de posibles riesgos e incumplimientos al organismo encargado de vigilar el funcionamiento y observancia del modelo de prevención.”

Por su parte, así mismo la Ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción, concretamente en su artículo 10 (sector privado) y su artículo 13 (sector público), impone la obligación de establecimiento de canales de denuncia interna.

Por otro lado, SUELO Y VIVIENDA DE ARAGÓN S.L.U. forma parte del Grupo Corporación Empresarial Pública de Aragón y se encuentra adherida a la Política General de Cumplimiento del Grupo Corporación.

SUELO Y VIVIENDA DE ARAGÓN S.L.U., informa:

El presente canal garantiza el cumplimiento de lo establecido por la doctrina derivada de la Circular de la Fiscalía 1/2016, de 22 de enero y por lo recogido en la Ley 2/2023 anteriormente mencionada.

Para asegurar la mejor gestión del Canal Ético, el Órgano de Administración de SUELO Y VIVIENDA DE ARAGÓN S.L.U. ha externalizado la función de gestión del Canal Ético a través del prestador de servicios de confianza cualificado Coloriuris, S.L., que cumple con las especificaciones previstas en El Reglamento (UE) nº 910/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo de 23 de julio de 2014, relativo a la identificación electrónica y los servicios de confianza para las transacciones electrónicas en el mercado interior, y en la Ley 6/2020, de 11 de noviembre, reguladora de determinados aspectos de los servicios electrónicos de confianza.

El objetivo de utilizar un prestador cualificado de servicios de confianza es garantizar la presunción de veracidad y autenticidad de la prueba, estableciendo la carga de la prueba en aquel que impugne el documento, conforme a lo previsto en el artículo 326 de Ley 1/2000, de 7 de enero, de enjuiciamiento civil.

En todo caso, el prestador cualificado de servicios de confianza cumplirá con las instrucciones establecidas por SUELO Y VIVIENDA DE ARAGÓN S.L.U. conforme al Procedimiento de Gestión del Canal Ético que le invitamos a consultar para mayor información de las fases de tramitación; todo ello, en cumplimiento de lo establecido en la Ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción, y siempre de acuerdo a la legislación vigente en materia de protección de datos, garantizándose el cumplimiento de las obligaciones previstas en el artículo 28 del Reglamento General de Protección de Datos.

DENUNCIAS ANÓNIMAS Y DATOS PERSONALES.

Las denuncias serán anónimas con carácter general y se contestarán por el mismo canal por el que se han recibido. El anonimato se levantará sólo con el consentimiento expreso del informante o cuando constituya una obligación necesaria y proporcionada impuesta por el Derecho de la Unión o nacional en el contexto de una investigación llevada a cabo por las autoridades nacionales o en el marco de un proceso judicial, en particular para salvaguardar el derecho de defensa de la persona afectada.

Una vez recibida la comunicación, automáticamente, se emitirá una notificación que acredite la recepción de la misma cumpliendo con el plazo máximo de siete días exigido por la legislación.

La emisión y recepción de la comunicación se realizará de forma anónima, en todo caso, cumpliendo lo previsto en el Sistema de Gestión de la Seguridad y de la Privacidad de la Información implantado en la compañía, y en todo caso, en aplicación de lo previsto en el artículo 24 de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.

SUELO Y VIVIENDA DE ARAGÓN S.L.U. manifiesta que el Canal Ético cumple los siguientes principios y ofrece las siguientes garantías, cuyo desarrollo específico puede ser consultado en el Procedimiento de Gestión del Canal Ético:

  1. Máxima confidencialidad.
  2. Garantía del derecho de defensa, presunción de inocencia y derecho al honor.
  3. Garantía del principio de prueba y contradicción.
  4. Gestión de conflictos de interés.
  5. Prohibición de represalias, incluidas las amenazas y las tentativas de represalia.
  6. Protección de datos personales.

USO DEL CANAL ÉTICO.

Cuando vaya a establecer una denuncia, observará que es dirigido a una herramienta on-line externa al dominio de AIRFAL, siendo el mensaje transmitido a la herramienta del prestador cualificado de confianza para así poder garantizar el anonimato y la protección de los datos del denunciante.

La presente herramienta podrá ser utilizada por cualquier persona que pueda tener conocimiento de potenciales incidencias o irregularidades, del Código Ético, cualquier otra normativa interna, o de la legislación aplicable, cometidas en el seno de la Organización. En concreto, podrán ser objeto de comunicación a través del Canal Ético:

  • Las acciones u omisiones que constituyan infracciones del Derecho de la Unión Europea,
  • Las acciones u omisiones que puedan ser constitutivas de infracción penal o administrativa grave o muy grave; comprendiendo entre éstas, específicamente, las que puedan implicar un quebranto económico para la Hacienda Pública y para la Seguridad Social.
  • Las conductas contrarias al Código Ético u otra normativa interna de la Organización o de la Misión, Visión, Valores y Principios de Actuación establecidos en la Política General de Cumplimiento del Grupo Corporación.

Por ello, la presente herramienta podrá ser utilizada por cualquier empleado de SUELO Y VIVIENDA DE ARAGÓN S.L.U. o bien cualquier otra tercera persona que pueda tener conocimiento de potenciales incidencias o irregularidades, del Código Ético, cualquier otra normativa interna o de la legislación aplicable, cometidas en el seno de la Organización.

Este canal no es la vía idónea para temas relacionados con sus condiciones de empleo o cuestiones disciplinarias. En ese caso deberá seguir las políticas establecidas en su organización.

LINK FORMULARIO

Sin constituir la forma preferente para la presentación de denuncias, y de forma alternativa al Canal Ético de SUELO Y VIVIENDA DE ARAGÓN S.L.U., se podrán presentar denuncias a través de los canales externos de denuncias ante las autoridades administrativas competentes y, en su caso, ante las instituciones, órganos u organismos de la Unión Europea.

También cabrá la posibilidad de presentar comunicaciones mediante una reunión presencial, previa solicitud de la misma a través del Canal Ético y dentro del plazo máximo de siete días a contar desde la referida solicitud, en la forma que se detalla en el Procedimiento de Gestión del Canal Ético de SVA.

Todas las denuncias recibidas se introducirán en un registro, asignando a cada una de ellas un número de referencia único con el que poder identificarla a lo largo de toda su tramitación.

Información básica de protección de datos:

Responsable: Suelo y Vivienda de Aragón, S.L.U.

Finalidad: recogida y tratamiento de los datos personales voluntariamente proporcionados por la persona denunciante, y los estrictamente necesarios para tramitar denuncias recibidas. Tratados con la finalidad de investigar y/o resolver las posibles denuncias. Solo serán tratados por quienes desarrollan funciones de control interno en Suelo y Vivienda de Aragón, S.L.U. conforme al Procedimiento de Gestión del Canal Ético, principalmente el Prestador de Servicios de Confianza y el Comité de Ética. Se garantiza la más absoluta confidencialidad y custodia bajo medidas de seguridad adecuadas a la tipología de datos y al riesgo de la información tratada.

Legitimación: cumplimiento de una obligación legal conforme a lo previsto en la Ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción y a la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.

Destinatarios: sus datos podrán ser cedidos a terceros exclusivamente en el caso del Prestador de Servicios de Confianza, asesores legales externos y a los órganos judiciales y a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado o autoridad administrativa, cuando resulte necesario.

Plazo de conservación: sus datos serán conservados durante el tiempo imprescindible para decidir sobre la procedencia de iniciar una investigación y, en su caso, mientras se desarrolle la investigación y resolución de denuncias presentadas, y siempre por un plazo máximo de tres meses desde la presentación de la denuncia. No obstante, los datos podrán ser tratados por un plazo superior fuera del sistema del Canal Ético, en caso de que, del resultado del proceso de investigación pudiera derivarse la necesidad de ejercitar las acciones legales oportunas y/o que pudieran dar lugar a un proceso judicial.

Ejercicio de derechos: para el ejercicio de los derechos, se deberá enviar solicitud dirigida a dpd@svaragon.com, indicando nombre y apellidos del interesado, copia de su DNI o documento identificativo sustitutorio, domicilio y especificación del objeto de la solicitud o derecho que se ejercita. En caso de no ver atendido el ejercicio de sus derechos, puede presentar una reclamación en la Agencia Española de Protección de Datos.

Para más información sobre el tratamiento de sus datos o como ejercitar sus derechos puede dirigirse a nuestra Política de Privacidad.

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